Incentivos para tu proyecto energético

Ayudas y subvenciones para tu proyecto energético en Tenerife

Antes de contar con una ayuda, conviene comprobar si tu proyecto y tu situación cumplen sus condiciones. Te ayudamos a identificar qué opciones merece la pena revisar y a concretar la documentación y las gestiones necesarias según el servicio que acordemos.

  • Requisitos y plazos según convocatoria
  • Concesión sujeta al organismo competente

Primero, lo básico

No todas las ayudas funcionan igual

Subvenciones

Son programas con bases, destinatarios, actuaciones y procedimientos concretos. Para valorar una opción hay que comprobar su estado, las fechas y los requisitos del proyecto. Solo indicamos una convocatoria como abierta tras comprobarla en fuentes oficiales.

Bonificaciones

Su aplicación depende del tributo y de las condiciones establecidas por la administración correspondiente. Revisamos qué información necesitas consultar en tu municipio; no se promete una bonificación idéntica en todas las localidades.

Deducciones fiscales

Tienen requisitos propios y no deben confundirse con una subvención. Si una opción requiere asesoramiento fiscal específico, se identifica para que puedas contrastarla con el profesional correspondiente. Esta página no ofrece una conclusión fiscal individual.

Europa, el Estado y la Comunidad Autónoma pueden financiar o gestionar una misma convocatoria: no son ayudas acumulables entre sí. Los porcentajes de las deducciones tampoco deben sumarse entre ellos ni a una subvención como si fueran un descuento automático.

IBI

Bonificación del IBI por municipio

El IBI es el impuesto periódico del inmueble: su bonificación reduce la cuota durante un número limitado de años y la decide cada ayuntamiento en su ordenanza. Elige tu municipio de Tenerife para ver el porcentaje, la duración, los requisitos y la fuente. De los 31 municipios, 18 tienen la bonificación contrastada con su ordenanza, en 11 la ordenanza vigente no la recoge para fotovoltaica y 2 están pendientes de confirmación.

AdejeSin bonificación para fotovoltaica
Resultado de la comprobación
La ordenanza aplicable desde el 01/01/2025 no recoge bonificación por instalaciones de energía solar.

El portal municipal advierte que su reproducción no tiene validez jurídica. No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2015 a octubre de 2026).

Consultar mi caso en Adeje

ArafoBonificación verificada
Bonificación del IBI
35 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
15 años desde la instalación
Requisitos principales
  • Edificaciones con uso catastral residencial en más del 50 % de su superficie, con aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo.
  • Instalación voluntaria, no obligatoria por la normativa específica.
  • Instalación homologada, con licencia y con certificado de instalación o factura (fecha, lugar y modelo).
  • Edificación incorporada al Catastro o con la alteración catastral declarada.
Límites económicos
No consta un límite económico en el texto consultado.
Plazo o momento de solicitud
Debe solicitarse antes de que pasen 3 años desde la instalación. Documentación: último recibo del IBI, licencia de instalación, certificado de instalación o factura y resolución de homologación.
Fuente oficial
Texto íntegro de la ordenanza fiscal del IBI de Arafo (BOP n.º 58, 14/05/2025)
Versión anterior con la misma bonificación (BOP n.º 124, 14/10/2024)
Versión consultada: BOP n.º 58, 14/05/2025, de aplicación desde el 01/01/2026 · Comprobado el 20/10/2026

Sustituye a la versión de 2015 (30 % durante 5 años). El anuncio del BOP n.º 100 (20/08/2025) rotulado como IBI corresponde a la tasa de residuos.

Consultar mi caso en Arafo

AricoInformación pendiente de confirmación
Estado
Información pendiente de confirmación. No se puede afirmar que exista ni que no exista bonificación.
Dato localizado, sin confirmar
Ordenanza vigente (BOP n.º 100, 19/08/2022): 50 % de la cuota íntegra para inmuebles residenciales con aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, siempre que cubran al menos el 50 % del agua caliente sanitaria. La documentación exigida se refiere a colectores térmicos y no se indica duración.
Qué falta por comprobar
Confirmar con el ayuntamiento si se aplica a fotovoltaica. El 29/09/2026 se aprobó provisionalmente una modificación de esta bonificación (BOP n.º 118, 02/10/2026), en información pública: hay que esperar a su texto definitivo. Revisados los boletines del BOP de Santa Cruz de Tenerife hasta el 21/10/2026: no consta aprobación definitiva.
Fuente consultada
Ordenanza fiscal del IBI de Arico (BOP n.º 100, 19/08/2022)
Versión consultada: BOP n.º 100, 19/08/2022 · Comprobado el 21/10/2026

Consultar mi caso en Arico

AronaSin bonificación para fotovoltaica
Resultado de la comprobación
El texto consolidado de la ordenanza fiscal n.º 22 no recoge bonificación por instalaciones de energía solar.
Fuente consultada
Texto consolidado de la ordenanza fiscal del IBI de Arona
Versión consultada: Última modificación: BOP n.º 72, 16/06/2017 · Comprobado el 20/10/2026

No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2015 a octubre de 2026).

Consultar mi caso en Arona

Buenavista del NorteSin bonificación para fotovoltaica
Resultado de la comprobación
La ordenanza regula bonificaciones por familia numerosa, vivienda protegida y obras de construcción, pero no por instalaciones de energía solar.
Fuente consultada
Modificación de la ordenanza fiscal del IBI de Buenavista del Norte (BOP n.º 174, 14/12/2012)
Versión consultada: BOP n.º 174, 14/12/2012 · Comprobado el 20/10/2026

No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2015 a octubre de 2026). Un plan de acción (PACES) propone una bonificación, pero no está aprobada en la ordenanza.

Consultar mi caso en Buenavista del Norte

CandelariaBonificación verificada
Bonificación del IBI
30 % de la cuota del impuesto por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
5 años
Requisitos principales
  • Inmueble con uso catastral residencial en más de un 50 % de su superficie.
  • Instalación voluntaria, no exigida por la normativa sectorial.
  • La instalación debe ser la fuente principal de suministro de energía de la vivienda; en producción de calor, colectores homologados.
  • En instalaciones colectivas hay que acreditar la representación de quienes participan.
Límites económicos
La ficha no indica un importe máximo.
Plazo o momento de solicitud
Hasta el 30 de noviembre del año anterior a aquel en que deba surtir efecto; no es retroactiva.
Fuente oficial
Ficha de bonificaciones de Oficinas Verdes (cita la ordenanza modificada, BOP n.º 8, 18/01/2023)
Ficha de la ordenanza en la sede electrónica
Versión consultada: Ficha institucional; modificación publicada en el BOP n.º 8 de 18/01/2023 · Comprobado el 20/10/2026

No se ha podido consultar el texto íntegro de la ordenanza modificada; la información procede de la ficha institucional que la cita.

Consultar mi caso en Candelaria

El RosarioBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % en uso residencial; 25 % en otros usos (industrial o comercial) por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
10 años desde la instalación
Requisitos principales
  • Sistemas térmicos o eléctricos de autoconsumo; la instalación debe ser la fuente principal de suministro de la vivienda.
  • Instalaciones eléctricas contempladas en el Real Decreto 244/2019, con potencia igual o superior al 30 % de la potencia contratada.
  • Documentación según potencia: memoria técnica (hasta 10 kW) o proyecto, certificado de instalación y, en su caso, inspección de un organismo de control.
  • Compatible con otros beneficios fiscales.
Límites económicos
La bonificación total en los 10 años no puede superar el 75 % del presupuesto de ejecución material de la instalación.
Plazo o momento de solicitud
El plazo de solicitud se rige por la Ordenanza fiscal general del Consorcio de Tributos de Tenerife.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de El Rosario (BOP n.º 146, 04/12/2024)
Anuncio de aprobación definitiva (BOP n.º 146, 04/12/2024)
Versión consultada: Modificación aprobada definitivamente (BOP n.º 146, 04/12/2024) · Comprobado el 20/10/2026

Consultar mi caso en El Rosario

El SauzalBonificación verificada
Bonificación del IBI
40 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
5 años, desde el periodo siguiente a la solicitud
Requisitos principales
  • Inmuebles destinados a vivienda con instalación solar térmica o eléctrica para autoconsumo.
  • No se aplica si la instalación es obligatoria según la normativa vigente.
  • Estar al corriente del pago de las exacciones municipales encomendadas al Consorcio de Tributos.
  • Documentación: DNI, recibo del IBI, licencia de obras y boletín de instalación (empresa autorizada o técnico competente).
Límites económicos
No consta un límite económico en el artículo consultado.
Plazo o momento de solicitud
Hasta el 31 de diciembre del ejercicio inmediato anterior al de efectividad.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de El Sauzal (copia sellada por el ayuntamiento)
Versión consultada: Copia sellada el 09/10/2023 · Comprobado el 20/10/2026

Consultar mi caso en El Sauzal

El TanqueSin bonificación para fotovoltaica
Resultado de la comprobación
La ordenanza solo regula el tipo de gravamen y el pago fraccionado; no recoge bonificación por instalaciones de energía solar.
Fuente consultada
Texto íntegro de la ordenanza fiscal del IBI de El Tanque (BOP n.º 140, 06/11/2015)
Versiones anteriores con el mismo contenido (BOP de 15/11/2007 y n.º 41 de 22/03/2013)
Versión consultada: BOP n.º 140, 06/11/2015, aplicable desde el 01/01/2016 · Comprobado el 20/10/2026

No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2005 a octubre de 2026).

Consultar mi caso en El Tanque

FasniaSin bonificación para fotovoltaica
Resultado de la comprobación
La ordenanza fiscal n.º 6 no recoge bonificación por instalaciones de energía solar.
Fuente consultada
Ordenanza fiscal del IBI de Fasnia (BOP n.º 126, 25/09/2013)
Versión consultada: BOP n.º 126, 25/09/2013 · Comprobado el 20/10/2026

No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2015 a octubre de 2026).

Consultar mi caso en Fasnia

GarachicoSin bonificación para fotovoltaica
Resultado de la comprobación
El texto refundido de la ordenanza fiscal n.º 18 solo regula el tipo de gravamen, una exención para cuotas de hasta 6 € y el pago fraccionado; no recoge bonificación por instalaciones de energía solar.
Fuente consultada
Texto refundido de la ordenanza fiscal n.º 18 del IBI de Garachico (BOP n.º 13, 25/01/2013)
Versión consultada: BOP n.º 13, 25/01/2013 · Comprobado el 20/10/2026

No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2005 a octubre de 2026). Un plan de acción (PACES) propone una bonificación, pero no está aprobada en la ordenanza.

Consultar mi caso en Garachico

Granadilla de AbonaBonificación verificada
Bonificación del IBI
25 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
5 periodos impositivos siguientes al de la instalación
Requisitos principales
  • Inmueble de uso residencial que sea la vivienda habitual del solicitante, con instalación solar térmica o eléctrica para autoconsumo.
  • En producción de calor, colectores homologados por la administración competente.
  • Estar al corriente del pago del IBI del inmueble; la bonificación se pierde si se inicia el periodo ejecutivo de sus recibos.
  • Documentación: factura del instalador y contrato de mantenimiento de la instalación, entre otros.
Límites económicos
No consta un límite económico en el artículo consultado.
Plazo o momento de solicitud
En cualquier momento antes de terminar los 5 periodos; surte efectos desde el periodo siguiente a la solicitud.

No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2015 a octubre de 2026).

Consultar mi caso en Granadilla de Abona

Guía de IsoraSin bonificación para fotovoltaica
Resultado de la comprobación
La ordenanza vigente según la sede electrónica no recoge bonificación por instalaciones de energía solar.
Fuente consultada
Ordenanza del IBI en la sede electrónica de Guía de Isora
Versión consultada: Publicación n.º 2 (BOP n.º 171), en vigor desde el 30/12/2014, sin fecha de finalización · Comprobado el 20/10/2026

No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2015 a octubre de 2026).

Consultar mi caso en Guía de Isora

GüímarBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
Máximo 25 años desde la instalación
Requisitos principales
  • Edificación con uso catastral residencial en más de un 50 % de su superficie.
  • Sistema térmico o eléctrico de aprovechamiento solar para autoconsumo, con homologación de la administración competente.
  • Certificado de la instalación o factura (fecha, lugar y modelo) y copia de la homologación; puede pedirse cédula de habitabilidad.
  • No se concede si la instalación es obligatoria según la normativa vigente.
Límites económicos
No consta un límite económico en el artículo consultado.
Plazo o momento de solicitud
No consta un plazo específico en el artículo consultado; la solicitud puede ser colectiva.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de Güímar (copia sellada por el ayuntamiento)
Versión consultada: Copia sellada el 22/04/2024 · Comprobado el 20/10/2026

Consultar mi caso en Güímar

Icod de los VinosBonificación verificada
Bonificación del IBI
25 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
Máximo 10 años desde la instalación
Requisitos principales
  • Inmuebles destinados a vivienda con instalación solar térmica o eléctrica para autoconsumo.
  • Instalación voluntaria, no obligatoria por el Código Técnico de la Edificación.
  • Fotovoltaica: fotografía y boletín de instalación eléctrica de empresa inscrita en el registro de baja tensión, o certificado técnico visado.
  • Licencia de obra o de instalación y estar al corriente de pago con la Hacienda municipal.
Límites económicos
No consta un límite económico en el artículo consultado.
Plazo o momento de solicitud
A instancia del interesado; surte efectos desde el periodo impositivo siguiente a la solicitud.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de Icod de los Vinos (BOP n.º 183, 31/12/2012)
Corrección de error del tipo de gravamen (BOP n.º 52, 17/04/2013), que no afecta a la bonificación
Versión consultada: BOP n.º 183, 31/12/2012, con la corrección del BOP n.º 52, 17/04/2013 · Comprobado el 20/10/2026

No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2015 a octubre de 2026).

Consultar mi caso en Icod de los Vinos

La GuanchaSin bonificación para fotovoltaica
Resultado de la comprobación
La ordenanza n.º 9 no recoge bonificación por instalaciones de energía solar.
Fuente consultada
Texto íntegro de la ordenanza n.º 9 del IBI de La Guancha (BOP n.º 30, 09/03/2018)
Versión consultada: BOP n.º 30, 09/03/2018 · Comprobado el 20/10/2026

No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2015 a octubre de 2026).

Consultar mi caso en La Guancha

La Matanza de AcentejoBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % de la cuota íntegra (instalaciones eléctricas de autoconsumo de nueva instalación) por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
5 años desde el año siguiente a su concesión
Requisitos principales
  • Bienes urbanos de uso residencial o comercial con una instalación nueva de autoconsumo fotovoltaico.
  • Instalación voluntaria, no consecuencia del Código Técnico de la Edificación ni de otra norma.
  • Instalación contemplada en el Real Decreto 244/2019, con potencia solar igual o superior al 50 % de la potencia contratada.
  • Documentación: recibo del IBI, acreditación del interés si el solicitante no es el titular e inscripción en el registro administrativo de instalaciones renovables.
Límites económicos
La cantidad bonificada no puede superar 500 € en el recibo anual.
Plazo o momento de solicitud
Hasta el 30 de noviembre del ejercicio inmediato anterior al del devengo. Solo puede concederse una de las bonificaciones de la ordenanza.

Sustituye a la versión de 2022 (5 años desde la instalación).

Consultar mi caso en La Matanza de Acentejo

La OrotavaBonificación verificada
Bonificación del IBI
40 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
Límite temporal de 20 años desde la instalación
Requisitos principales
  • Inmuebles destinados a vivienda con instalación solar térmica o eléctrica para autoconsumo.
  • La instalación debe constituir la fuente principal de suministro de energía de la vivienda (colectores homologados en producción de calor).
  • Instalación voluntaria, no consecuencia del Código Técnico de la Edificación.
Límites económicos
No consta un límite económico en el artículo consultado.
Plazo o momento de solicitud
Hasta el 30 de noviembre del ejercicio inmediato anterior al de efectividad; no es retroactiva.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de La Orotava (aplicable desde el 01/01/2023)
Ficha informativa del Ayuntamiento (2025)
Versión consultada: Ordenanza aplicable desde el 01/01/2023 · Comprobado el 20/10/2026

Se ha resuelto la discrepancia entre 20 y 30 años: la ordenanza establece 20 años, igual que la ficha municipal; la cifra de 30 años de una noticia municipal de 2024 no consta en el texto de la ordenanza.

Consultar mi caso en La Orotava

La Victoria de AcentejoBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
10 años desde la instalación
Requisitos principales
  • Edificaciones con uso catastral residencial con instalación solar térmica o eléctrica.
  • Instalación como fuente principal de suministro de energía de la vivienda (colectores homologados en producción de calor).
  • Estar al corriente del pago de exacciones municipales; licencia de obras, primera ocupación o certificado de prescripción urbanística.
  • No se concede si la instalación es obligatoria según la normativa.
Límites económicos
No consta un límite económico en el artículo consultado.
Plazo o momento de solicitud
No consta un plazo específico en el artículo consultado; la solicitud puede ser colectiva.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de La Victoria de Acentejo (BOP n.º 149, 11/12/2024)
Versión consultada: BOP n.º 149, 11/12/2024 · Comprobado el 20/10/2026

Sustituye al documento de participación pública que figuraba como evidencia pendiente.

Consultar mi caso en La Victoria de Acentejo

Los RealejosBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % de la cuota íntegra (aprovechamiento eléctrico) por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
5 periodos impositivos siguientes al de la instalación
Requisitos principales
  • Vivienda habitual del solicitante (uso residencial, inscrito en el padrón), con instalación de autoconsumo.
  • Instalación ejecutada por empresa instaladora habilitada, voluntaria y no obligatoria según el Código Técnico de la Edificación.
  • La potencia fotovoltaica debe suponer al menos la mitad de la potencia instalada de los receptores de la edificación.
  • Incompatible con otros beneficios fiscales del IBI. Documentación: licencia o comunicación previa, certificado de instalación y memoria técnica.
Límites económicos
No consta un límite económico en el texto consultado.
Plazo o momento de solicitud
En cualquier momento antes de terminar los 5 periodos; surte efectos desde el periodo siguiente a la solicitud.
Fuente oficial
Reglamento de aplicación de la bonificación del IBI (BOP n.º 86, 18/07/2022)
Ordenanza fiscal del IBI (rectificación, BOP 11/07/2025)
Versión consultada: Reglamento de 2022 y ordenanza rectificada (BOP n.º 83, 11/07/2025) · Comprobado el 20/10/2026

Consultar mi caso en Los Realejos

Los SilosSin bonificación para fotovoltaica
Resultado de la comprobación
La ordenanza fiscal n.º 1 regula bonificaciones por familia numerosa, pero no por instalaciones de energía solar.
Fuente consultada
Ordenanza fiscal n.º 1 del IBI de Los Silos (BOP n.º 6, 13/01/2017)
Versión consultada: BOP n.º 6, 13/01/2017 · Comprobado el 20/10/2026

No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2015 a octubre de 2026). Un plan de acción (PACES) propone una bonificación, pero no está aprobada en la ordenanza.

Consultar mi caso en Los Silos

Puerto de la CruzBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
5 años desde el periodo siguiente a la solicitud
Requisitos principales
  • Inmuebles destinados a vivienda con instalación solar térmica o eléctrica para autoconsumo.
  • Instalación voluntaria, no consecuencia del Código Técnico de la Edificación.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el ayuntamiento y domiciliar el pago del impuesto.
  • Documentación: recibo del IBI, certificado de instalación o factura y resolución de homologación del equipo.
Límites económicos
No consta un límite económico en el artículo consultado.
Plazo o momento de solicitud
Debe solicitarse; surte efectos desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de Puerto de la Cruz (última modificación: BOP n.º 34, 19/03/2025)
Versión consultada: BOP n.º 34, 19/03/2025 · Comprobado el 20/10/2026

Consultar mi caso en Puerto de la Cruz

San Cristóbal de La LagunaBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
Máximo 5 años desde la instalación
Requisitos principales
  • Viviendas con instalación solar térmica o fotovoltaica destinada al autoconsumo.
  • Estar al corriente de pago con la Hacienda local y tener domiciliado el impuesto.
  • Documentación: fotografía de la instalación, boletín de instalación (empresa autorizada o técnico competente visado) y comunicación previa de obra.
Límites económicos
No consta un límite económico en la ficha del trámite.
Plazo o momento de solicitud
Puede solicitarse en cualquier momento; el ayuntamiento resuelve en un plazo de 6 meses y, si no responde, se entiende desestimada.
Fuente oficial
Trámite BON3 de la sede electrónica del Ayuntamiento
Versión consultada: Ficha del trámite consultada el 20/10/2026 · Comprobado el 20/10/2026

Consultar mi caso en San Cristóbal de La Laguna

San Juan de la RamblaSin bonificación para fotovoltaica
Resultado de la comprobación
La ordenanza vigente según la sede electrónica no recoge ninguna bonificación por instalaciones de energía solar.
Fuente consultada
Ordenanza fiscal del IBI en la sede electrónica de San Juan de la Rambla
Versión consultada: BOP n.º 179, 21/12/2012, aplicable desde el 01/01/2013, sin fecha de finalización · Comprobado el 20/10/2026

No constan modificaciones posteriores de la ordenanza del IBI en el buscador del Boletín Oficial de la Provincia (consulta de 2015 a octubre de 2026).

Consultar mi caso en San Juan de la Rambla

San Miguel de AbonaBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
5 periodos impositivos siguientes al de la instalación
Requisitos principales
  • Inmueble de uso residencial que sea la vivienda habitual del solicitante, con instalación solar térmica o eléctrica para autoconsumo.
  • Estar al corriente en el pago del IBI del inmueble; permisos municipales mediante comunicación previa o declaración responsable.
  • Se pierde la bonificación si se inicia el periodo ejecutivo de recibos del IBI de ese inmueble.
Límites económicos
No consta un límite económico en el artículo consultado.
Plazo o momento de solicitud
En cualquier momento antes de terminar los 5 periodos; surte efectos desde el periodo siguiente a la solicitud.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de San Miguel de Abona (copia sellada por el ayuntamiento)
Versión consultada: Copia sellada el 14/06/2024 · Comprobado el 20/10/2026

Consultar mi caso en San Miguel de Abona

Santa Cruz de TenerifeBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
5 años, no renovable
Requisitos principales
  • Inmuebles destinados a vivienda con instalación solar térmica o eléctrica para autoconsumo.
  • Instalación voluntaria, no consecuencia del Código Técnico de la Edificación.
  • La instalación debe constituir la fuente principal de suministro de energía de la vivienda (colectores homologados en producción de calor).
  • Documentación: certificación de la instalación, título habilitante de Urbanismo y certificado de homologación del instalador.
Límites económicos
No consta un límite económico en el artículo consultado.
Plazo o momento de solicitud
Surte efectos desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite; la solicitud puede ser colectiva.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de Santa Cruz de Tenerife (versión 2026)
Aprobación definitiva de la modificación (BOP n.º 153, 19/12/2025)
Versión consultada: Modificación aprobada definitivamente (BOP n.º 153, 19/12/2025) · Comprobado el 20/10/2026

Consultar mi caso en Santa Cruz de Tenerife

Santa ÚrsulaBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
Límite temporal de 25 años desde la instalación
Requisitos principales
  • Inmuebles destinados a vivienda con instalación solar térmica o eléctrica para autoconsumo.
  • En producción de calor, colectores con homologación de la administración competente.
  • Compatible con otros beneficios fiscales del IBI, salvo que se indique lo contrario.
Límites económicos
No consta un límite económico en el artículo consultado.
Plazo o momento de solicitud
Del 1 de enero al 31 de octubre del ejercicio inmediato anterior al de efectividad; no es retroactiva.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de Santa Úrsula (copia sellada por el ayuntamiento)
Versión consultada: Copia sellada el 23/09/2021 · Comprobado el 20/10/2026

Consultar mi caso en Santa Úrsula

Santiago del TeideSin bonificación para fotovoltaica
Resultado de la comprobación
Solo bonifica la energía solar térmica (20 % durante 3 periodos, con un mínimo de 4 m² de captación por cada 100 m² construidos). No recoge bonificación para fotovoltaica.

Consultar mi caso en Santiago del Teide

TacoronteBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % en uso residencial; 25 % en uso agrario, industrial o comercial por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
5 años desde la instalación
Requisitos principales
  • Instalación no obligatoria según la normativa específica; fuente principal de suministro de la vivienda (colectores homologados en producción de calor).
  • Instalaciones eléctricas de autoconsumo contempladas en el Real Decreto 244/2019, con potencia igual o superior al 30 % de la potencia contratada.
  • La solicitud puede ser colectiva, acreditando la representación de cada comunero.
Límites económicos
Límite de bonificación de 300 € en uso residencial; en otros usos, 300 € (valor catastral hasta 160.000 €) o 600 € (más de 160.000 €). Además, el total en los 5 años no puede superar el 50 % del coste de la instalación.
Plazo o momento de solicitud
No consta un plazo específico en el texto consultado; la información municipal indica que la bonificación se aplica en el recibo del año siguiente a su concesión.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de Tacoronte (BOP n.º 147, 06/12/2024)
Información tributaria municipal
Versión consultada: BOP n.º 147, 06/12/2024 · Comprobado el 20/10/2026

Consultar mi caso en Tacoronte

TeguesteBonificación verificada
Bonificación del IBI
50 % de la cuota íntegra por instalación solar de autoconsumo (aprovechamiento eléctrico, fotovoltaica)
Duración
4 años desde la instalación
Requisitos principales
  • Inmuebles destinados a vivienda con instalación solar térmica o eléctrica para autoconsumo.
  • Instalación voluntaria, no consecuencia del Código Técnico de la Edificación.
  • La instalación debe constituir la fuente principal de suministro de energía de la vivienda (colectores homologados en producción de calor).
  • Documentación: solicitud con referencia catastral y licencia de obras del inmueble o de la instalación.
Límites económicos
La bonificación total en los 4 años no puede superar el 50 % del coste de la instalación.
Plazo o momento de solicitud
Se concede a instancia del interesado; surte efectos desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
Fuente oficial
Ordenanza fiscal del IBI de Tegueste (modificación publicada en el BOP n.º 146, 04/12/2024)
Versión consultada: BOP n.º 146, 04/12/2024 · Comprobado el 20/10/2026

Corrige el 30 % que figuraba en una ficha institucional anterior.

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Vilaflor de ChasnaInformación pendiente de confirmación
Estado
Información pendiente de confirmación. No se puede afirmar que exista ni que no exista bonificación.
Qué falta por comprobar
La última modificación localizada es la del BOP n.º 167 (30/11/2012), sin revisar. El Pleno aprobó provisionalmente una nueva ordenanza del IBI el 28/09/2026 (BOP n.º 118, 02/10/2026), en información pública durante 30 días: conviene esperar a su texto definitivo. Revisados los boletines del BOP de Santa Cruz de Tenerife hasta el 21/10/2026: no consta aprobación definitiva.
Fuente consultada
Anuncio de aprobación provisional de la ordenanza del IBI (BOP n.º 118, 02/10/2026)
Versión consultada: BOP n.º 118, 02/10/2026 · Comprobado el 21/10/2026

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Bonificación verificada: el porcentaje y los requisitos se han comprobado en la ordenanza fiscal o en el trámite oficial del ayuntamiento, con la versión y la fecha indicadas.

Sin bonificación para fotovoltaica: hemos leído la ordenanza vigente y no recoge esta bonificación para autoconsumo fotovoltaico. Indicamos el texto consultado y su fecha, porque el ayuntamiento puede modificarla.

Información pendiente de confirmación: no hemos podido cerrar la comprobación. No significa que no exista bonificación: te ayudamos a consultarlo con el ayuntamiento.

Cada bonificación tiene requisitos propios (uso del inmueble, potencia o cobertura exigida, plazo de solicitud, documentación y límites) y las ordenanzas pueden modificarse: la versión vigente se confirma al tramitar la solicitud. El ahorro no se calcula multiplicando el porcentaje por los años sin aplicar esos límites. Esta información es orientativa y no sustituye la consulta al ayuntamiento.

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ICIO

ICIO: el impuesto de la obra

El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) se paga por la ejecución de la obra y, en algunos municipios, existe una bonificación para instalaciones de energía solar. No es un descuento anual como el del IBI ni una rebaja equivalente del precio de los paneles.

Los Realejos: bonificación del 95 % según la ordenanza del ICIO publicada en febrero de 2026; se comprueba el alcance de la base bonificable. En el resto de municipios consúltanos: su ausencia aquí no implica que no exista.

IRPF

Deducciones en el IRPF: estatales y canarias

Modalidades separadas, con condiciones propias. Comprobación del 21/10/2026; las condiciones fiscales pueden cambiar y deben contrastarse para tu situación.

  1. Autoconsumo renovable (estatal, 2026)

    Deducción del 10 % con carácter general para inmueble propio y del 20 % en el supuesto previsto para viviendas situadas en edificios de uso predominantemente residencial; el supuesto aplicable se revisa en cada caso. Base anual máxima de 5.000 €.

    Requiere instalación terminada y cantidades pagadas en 2026, y puede incluir almacenamiento. Se restan las subvenciones recibidas. Las dos modalidades son excluyentes y no se acumulan a la deducción estatal de eficiencia para la misma instalación e inmueble. Exige pago bancario, permisos y certificado de instalación eléctrica, y excluye las instalaciones afectas a una actividad económica.

  2. Mejora de la eficiencia energética (estatal)

    Obras en viviendas: plazo hasta el 31/12/2026. Rehabilitación de edificios: hasta el 31/12/2027. Requiere un certificado posterior a las obras.

    La modalidad aplicable depende de la mejora acreditada: instalar paneles solares no basta por sí solo.

  3. Rehabilitación energética de vivienda habitual (Canarias)

    Deducción autonómica del 12 %, con base anual máxima de 7.000 € por contribuyente y límite del 10 % de la cuota íntegra autonómica. Requiere vivienda habitual propia, certificados energéticos anterior y posterior inscritos, factura y pago bancario.

    Existe además un límite conjunto del 15 % de la cuota autonómica con otras deducciones del mismo artículo. No se asume compatibilidad automática con las modalidades estatales.

  4. Ayudas y deducciones para instalar tu punto de recarga

    La instalación de un cargador puede tener incentivos específicos. Revisamos las opciones según se trate de una vivienda, una comunidad de propietarios, una empresa o un punto de acceso público, y según el municipio y la fecha de instalación.

    Deducción estatal en el IRPF: 15 % sobre una base máxima de 4.000 € (hasta 600 € como máximo teórico), para instalaciones finalizadas en 2026 y pagos hasta el 31/12/2026. Requiere inmueble propio, instalación no afecta a actividad económica, autorizaciones y pago bancario; se descuentan las ayudas públicas de la base. No es una subvención.

    MOVES III 2025 y Movilidad Urbana Canarias 2026 estaban cerradas para nuevas solicitudes en la comprobación del 21/10/2026, y no consta una subvención general abierta para cargadores domésticos en Tenerife. Las ayudas para comprar un vehículo son distintas de las de instalar un cargador.

Subvenciones

Convocatorias y su estado

Estado comprobado el 21/10/2026 en fuentes oficiales. Una convocatoria puede cambiar de estado: se revalida antes de plantear cualquier solicitud. No se anuncia una ayuda como abierta sin esa comprobación.

Convocatorias energéticas: estado a 21/10/2026
ProgramaEstadoDestinatarios y alcance
INNOVAE (IDAE), primera convocatoriaAbierta 15/09–18/11/2026Proyectos singulares de eficiencia, con líneas y beneficiarios específicos; no es una subvención general para paneles de cualquier vivienda. IDAE
Modernización de explotaciones agrarias (PEPAC)Abierta 01/10–31/10/2026 (procedimiento de 2027)Solo explotaciones elegibles; se comprueba la actuación energética concreta en las bases. Sede
EUCF, octava convocatoriaPróxima prevista para octubre de 2026 (fechas por confirmar)Dirigida a entidades locales, no a propietarios particulares de viviendas. EUCF
Autoconsumo y almacenamiento (RD 477/2021)Solo justificación hasta 31/12/2026El plazo es exclusivamente de justificación de expedientes ya presentados; no es una nueva convocatoria. Sede
Transición Verde Canarias 2026 / FEDERCerradaCerrada para nuevas solicitudes; la sede solo mantiene trámites de expedientes presentados en plazo. Sede
MOVES III 2025 CanariasCerrada desde 31/12/2025Solicitudes cerradas; pueden existir expedientes en ejecución o justificación. Gobierno de Canarias

No se ha confirmado una convocatoria insular general abierta para instalar paneles en cualquier vivienda de Tenerife, lo que no excluye otras ayudas sectoriales o municipales. Los Certificados de Ahorro Energético son una vía distinta para actuaciones elegibles de eficiencia, no una subvención general para cualquier instalación fotovoltaica.

Tu proyecto

Qué necesitamos conocer de tu proyecto

Con esos datos se puede comprobar qué opciones revisar. No se presupone que un proyecto ya iniciado cumpla las condiciones de cualquier convocatoria.

  • Qué quieres instalar o mejorar: fotovoltaica, almacenamiento, recarga u otra actuación.
  • Dónde se realizará y qué tipo de inmueble o actividad utiliza la instalación.
  • Quién solicita la ayuda: particular, empresa o comunidad.
  • En qué fase está el proyecto y si ya existen contratos, pagos o trabajos realizados.
  • Qué información o documentación tienes disponible.

Acompañamiento

Cómo podemos acompañarte

  1. Concretamos tu caso

    Qué necesitas resolver.

  2. Contrastamos las opciones

    Con fuentes oficiales actuales.

  3. Definimos el alcance

    Qué documentación y gestiones entran en el servicio.

  4. Te explicamos los siguientes pasos

    Y los hitos que dependen de la administración.

Planifica con prudencia

Valora la instalación también sin la ayuda

El presupuesto y las estimaciones deben diferenciar el coste del proyecto de cualquier incentivo pendiente. Una solicitud presentada no equivale a una concesión, y la planificación de tu inversión debe identificar qué importes siguen sin confirmar.

Consulta los servicios relacionados: instalación fotovoltaica, baterías para placas solares y puntos de recarga.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre ayudas y subvenciones energéticas

Respuestas directas sobre ayudas, bonificaciones y deducciones para proyectos energéticos en Tenerife. Tu caso lo concretamos al revisarlo.

Una subvención es una ayuda de un programa con bases y procedimiento propios; una bonificación reduce un tributo; una deducción reduce la cuota del IRPF.

Cada una tiene requisitos propios y no deben confundirse ni sumarse automáticamente.

No. La concesión depende de los requisitos y del procedimiento de la ayuda, así como de la resolución del organismo competente.

Se puede revisar la documentación y acompañar la tramitación dentro del alcance contratado.

Es una reducción de la cuota del IBI durante un número limitado de años que algunos ayuntamientos aplican a instalaciones de energía solar.

El porcentaje, la duración y los requisitos dependen de la ordenanza de cada municipio; por eso se comprueban antes de solicitarla.

Es el impuesto que se paga por la ejecución de la obra. Algunos municipios bonifican las instalaciones de energía solar.

No es un descuento anual ni una rebaja equivalente del precio de los paneles; se comprueba municipio a municipio.

Hay que comprobarlo en las fuentes oficiales para tu ubicación, tipo de solicitante y actuación; no consta una convocatoria general abierta para instalar paneles en cualquier vivienda de Tenerife.

No publicamos una lista permanente de convocatorias como si todas estuvieran abiertas: arriba indicamos su estado con la fecha de comprobación.

Depende de las bases y las fechas que establezca cada programa.

Antes de asumir que una actuación es elegible deben comprobarse las condiciones concretas.

El alcance y cualquier coste de gestión deben figurar en la propuesta.

No damos por hecho que todos los trámites estén incluidos ni que sean gratuitos.

Depende de cada incentivo: algunos son excluyentes y otros descuentan las subvenciones recibidas de la base.

Europa, el Estado y la Comunidad Autónoma pueden financiar o gestionar una misma convocatoria, por lo que no deben entenderse como ayudas distintas sumables. Los porcentajes de las deducciones no se suman.

Los plazos dependen del procedimiento y de la situación del expediente.

No prometemos una fecha de resolución o de pago que no controlamos.

Existe una deducción estatal en el IRPF para instalar recarga, con requisitos y plazo. No consta una subvención general abierta para cargadores domésticos en Tenerife.

Está explicado en el apartado de recarga de esta página y en nuestra página de puntos de recarga.

Tu proyecto

Cuéntanos qué proyecto tienes previsto

Indícanos el municipio, el tipo de actuación y si el proyecto está en estudio o ya se ha iniciado. Con esa información podremos concretar qué opciones y gestiones conviene revisar.

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